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¿Puede una provincia argentina declararse independiente?

Durante el 2020, en Argentina, el ex gobernador de la Provincia de Mendoza, Alfredo Cornejo, desató una polémica que, si bien no tomó gran…

Macarena Fidalgo · 2025-08-01 13:27 · 0 claps · 3.7 min read
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¿Puede una provincia argentina declararse independiente? El caso de Mendoza y el federalismo en tensión

Durante el 2020, en Argentina, el ex gobernador de la Provincia de Mendoza, Alfredo Cornejo, desató una polémica que, si bien no tomó gran escala, abrió un debate entre los ciudadanos que comenzaron a preguntarse: ¿Es posible que Mendoza se independice?

Durante ese mismo año, mientras el país se veía sumido bajo la incertidumbre y el malestar provocado por la pandemia del Coronavirus, cada gobierno provincial debía continuar con sus agendas y proyectos.

En Mendoza, uno de los proyectos que generaba mucha expectativa era la construcción de una central hidroeléctrica sobre el Río Grande, el Proyecto hidroeléctrico Portezuela del Viento. En el año 2020, se postergó su construcción debido a la solicitud de estudios de impacto ambiental solicitado por varias provincias. Según Cornejo, el gobierno nacional habría perjudicado al proyecto de forma indirecta, alentando a algunas de las provincias a adherir a ese petitorio y aplazando su construcción. Fue en ese momento que hizo público su deseo de que Mendoza se independizara, pidió que los ciudadanos acompañaran esta iniciativa y expresó que la provincia carecía de “autonomía”.

Mientras tanto, comenzaban a manifestarse quienes se oponían a esta iniciativa, como por ejemplo el mendocino José Luis Ramón (ex Diputado Nacional), que propuso hacer un referéndum o consulta popular para saber qué pensaban al respecto los ciudadanos. Si bien no se daban las condiciones legales para impulsarlo, es pertinente que expliquemos de qué se trata, ya que es una herramienta útil en este tipo de situaciones.

Éste es un mecanismo que sirve para ayudar en la toma de decisiones respecto temas controversiales, polémicos o de amplio interés ciudadano que se plasmen en un proyecto de ley o incluso para aprobar o no una ley.La consulta popular, es una forma de participación individual en la que se expresa una opinión a través del voto. La consulta Popular está plasmada en el artículo 40 de nuestra constitución y también en la Ley 25.432 (que regula su utilización).

Como mencionamos anteriormente, uno de los ejes conflictivos que planteó Cornejo en distintos medios de comunicación, fue la pérdida de autonomía de la provincia de Mendoza. No vamos a juzgar su afirmación, sino que este planteo nos permite reflexionar acerca de “la cantidad de autonomía” de los niveles subnacionales. Un gobierno autónomo es aquel que ostenta ciertos atributos como: autonormatividad constituyente (constitución propia), autocefalía (la elección propia de sus autoridades), autarquía (poseer y disponer de recursos propios), legislación propia y autodeterminación política (que cuenten con garantías que respalden las atribuciones anteriores).

Si existen garantías para que se cumplan estos atributos necesarios para la autonomía de los distintos gobiernos, no deberían existir diferentes grados de autonomía ostentada por cada uno. Pero en la práctica, este hecho es más complejo, ya que las decisiones y la política local muchas veces se ven atravesadas o afectadas por la nacional. Por eso, es fundamental en este proceso de descentralización, que cada gobierno mantenga una relación fluida con los otros niveles, centrándose en la comunicación, la negociación y la cooperación.

Un grupo de diputados manifestaron su desacuerdo con Alfredo Cornejo, presentando en el Congreso, un Proyecto de Declaración. Este tipo de proyectos tienen como función expresar una opinión de la Cámara (en este caso la de Diputados) sobre algún asunto de carácter público o privado y no incide en el curso del debate que se esté llevando a cabo en el recinto. En este proyecto, que se mantiene en la comisión de cámara de origen, los diputados, expresaron, entre otras cosas, que Cornejo planteaba la “destrucción de la unidad nacional”.

Hasta el momento, las declaraciones del ex gobernador, solo fueron de índole político, ya que a pesar de la disconformidad que planteaba Cornejo, la iniciativa no es viable técnicamente y atenta contra los principios de la constitución. Es decir, que, para que sea posible que una provincia se independice debería reformarse nuestra constitución.

En la constitución de 1853 se cristalizó la decisión de todas las provincias de conformar un esquema federal, en el que todas debían ceder o delegar sus atribuciones, con el fin de construir un poder central. Si bien las provincias son autónomas, carecen del atributo de la soberanía y están sometidas a la Constitución Nacional, que dicta en su preámbulo: “…reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional…” y en su primer artículo: “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución”

El derecho de secesión es exclusivo de quien ostenta la soberanía, es decir del Estado Nación, o en caso de las confederaciones, de los diferentes Estados que la componen. Nuestra Carta Magna hace referencia a nuestro federalismo (además de establecerlo en el primero): el 5, 6, 23, 31, 121, 123 y 126. Incluso en el artículo 75, inciso 15 puntualiza que el Congreso debe marcar los límites del territorio de la Nación.

En caso de que se quisiese reformar la constitución, para agregar, cambiar o eliminar alguno de sus artículos y permitir, en un hipotético caso, que una provincia se independice, como dice la constitución: La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de dos terceras partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto (art. 30).

En conclusión, aunque el debate por la independencia de una provincia forme parte de la opinión pública o esté impulsada por sectores políticos, no constituye — hasta el momento — un peligro real para la unidad nacional. La riqueza de la nación también yace en la diversidad cultural, la convivencia de los diferentes niveles de gobierno y la autonomía de cada territorio. Será el deber del gobierno central fomentar la creación de lazos y fortalecer esa unión.


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